lunes, 24 de noviembre de 2008

MEDIACION
Mediación es un proceso informal y confidencial donde una persona de opinión neutral sirve para animar y facilitar la resolución de un caso o disputa sin prescribir el resultado del mismo.

En contraste a un juez, un magistrado, (o un arbitrador), quien decide por los interesados como una disputa será resuelta, un mediador (o conciliador) ayuda a los interesados a llegar a un acuerdo voluntario y mutuamente aceptable.

El papel del mediador puede incluir: ayudar a los interesados a identificar sus problemas, evaluar y estimar los puntos fuertes y débiles relativos al caso, determinar los intéreses en común, fomentando la resolución del problema y conjuntamente explorando alternativas finalizando en un acuerdo de conformidad.

Durante todas las mediaciones en la corte de vivienda, la desición autoritaria siempre permanece con los interesados en el caso: a no ser que y hasta que un acuerdo sea logrado y aprobado por un juez; no siendo asi hasta que una o ambas partes concluya el proceso de mediación y el caso sea oído y determinado por un juez.


LAS VENTAJAS DE LA MEDIACION

Tiempo:Casi siempre toma menos tiempo mediar una disputa de lo que toma procesar un caso, en forma de preguntas y respuestas, con objeciones observadas y decididas de acuerdo con la ley de evidencia, y con mas tiempo necesario si existe un descubrimiento previo, un intérprete, un juicio por jurado, o una apelación subsiguiente. Además, los interesados son libres de programar sus propias mediaciones a una temprana conveniencia, en vez de esperar por un juicio determinado por una citación judicial o demanda.

Confidencialidad:Todas las comunicaciones durante la mediación deben ser confidenciales, y tanto las notas escritas por el mediador como las declaraciones hechas por los participantes relacionadas al caso no pueden luego ser reveladas o admitidas como evidencias si un juicio llegase a tomar acabo. Las sesiones privadas individuales y el mediador son particularmente confidenciales, ya que ni siquiera son compartidas con la otra parte interesada sin permiso previo. El único documento en una mediación es el acuerdo mutuo escrito y logrado por ambas partes.

Control Mediación: es una oportunidad para los interesados de resolver sus propias disputas en vez de entregarle el control del proceso legal decisivo a un juez. A diferencia de un juez quien esta obligado a tomar una decisión de acuerdo a la evidencia legal pertenecientes a las reglas aplicables al caso, teniendo asi los interesados la libertad de llegar a términos diseñados y de acuerdo para satisfacer sus propios intereses y necesidades individuales.

Satisfacción:Estudios han demostrado que el procedimiento de mediación generalmente resulta en un alto nivel de satisfacción en los participantes. Y los interesados casi siempre encuentran el proceso útil, aun si solamente se trata de una solución parcial, a cambio de una lograda total resolución. Aun siendo los interesados solamente capaces de “ventilar” los puntos no disputados y sin importancia disminuyendo asi los temas que deben ser adjudicados.

Durabilidad:Los estudios también han demostrado que las personas son mas propensas a aceptar y cumplir sus propias decisiones a cambio de las desiciones impuestas por otros. Por lo tanto, en comparación a las resoluciones adjudicadas, los acuerdos mediados son mas duraderos, y el índice de conformidad muy alto.

Efecto obligatorio:Una vez aprobado y firmado por un juez, el acuerdo mediado puede convertirse en una decisión y ordén de la corte con el mismo efecto legal adjudicado por un juez.

Efecto final:Acuerdos por decisión voluntario, a diferencia de decisiones y ordén adjudicadas por la corte, no pueden ser apeladas. Y como otras decisiones también pueden ser anuladas o modificadas siempre y cuando exista un consentimiento mutuo, o cambios imprevistos de eventos y de circunstancias.

Voluntario:Mediación es un proceso voluntario ya que solamente son resueltos con el consentimiento mutuo de los interesados. Sí, después de un esfuerzo razonable a través de mediación los interesados no pueden resolver su disputa, el derecho a un juicio es preservado y el juez adjudicará y decidirá el caso.¨
CUALES SON LAS VENTAJAS DE LA MEDIACIÓN?
La mediación puede costar menos que llevar un caso al tribunal.
Generalmente, la mediación es más ágil que el trámite de un juzgado o tribunal.
La mediación es privada y confidencial.
La mediación permite que las partes tengan la oportunidad de crear una solución a la medida de sus necesidades. A veces, los fallos de los tribunales no resuelven el problema de raíz.
La mediación le da a las partes control sobre el resultado de la disputa.
A menudo, la mediación afecta la relación entre las partes menos que cuando se lleva un caso al tribunal.


QUE TIPO DE CONFLICTOS PUEDEN IR A MEDIACIÓN ?
La mayoría de las disputas pueden resolverse usando la mediación si las partes están dispuestas a hacerlo así. Aun cuando las partes opinen que no les será posible llegar a un acuerdo, el proceso de mediación muy frecuentemente permite conversar a fondo sobre un problema y llegar a un acuerdo para su solución. El proceso de mediación ha tenido éxito en los siguientes tipos de casos:

Relaciones Domésticas, entre ellos casos de divorcio, de tutela y custodia, reparto de bienes, horas de visita y manutención de menores. En casos de violencia intrafamiliar la mediación posiblemente no sea el proceso indicado.

Civiles, entre ellos contratos, disputas sobre honorarios, problemas entre propietario/inquilino o patrón/empleado, demandas monetarias, demandas por lesiones, negligencia profesional, y daños a los bienes.

Tribunal de Menores, entre ellos la división del cuidado y manutención de los hijos habidos entre padres no casados, el faltar a clases, casos de descuido o maltrato de menores, y el pago de indemnización a víctimas.

Asuntos Testamentarios, entre ellos el nombramiento de albaceas y el reparto de herencias.

Penales, entre ellos la reparación del daño por parte del condenado.


¿ EN QUE TIPO DE CASOS NO ES RECOMENDABLE LA MEDIACION ?

Si piensa que no le será posible hablar acerca de temas difíciles pero importantes durante la mediación, es mejor que no utilice este proceso. Si siente que debido al poder que la otra parte ejerce sobre usted la mediación resultará en un acuerdo al que accederá aunque en realidad no sea lo que realmente desea, no es recomendable que someta su conflicto a mediación. Tampoco es recomendable que utilice el proceso de mediación si no piensa que ambas partes tienen la posibilidad de participar de forma efectiva en el mismo. La mediación no es idónea en casos en los que una o ambas partes tengan problemas psiquiátricos graves o cuando exista un elemento de violencia intrafamiliar. Por último, nunca es apropiado recurrir a la mediación cuando una o ambas partes están bajo los efectos de bebidas alcohólicas o drogas.

¿ CUAL ES EL MEJOR MOMENTO PARA RECURRIR A LA MEDIACION ?

Puede optar por la mediación en lugar de levantar una demanda, antes de presentar una demanda, después de presentar la demanda pero antes de que se dicte sentencia, o aun después de emitida la sentencia. En ciertos casos, tales como la disolución de matrimonio o asuntos posteriores a una disolución, debe presentar una petición legal ante el tribunal para disolver su matrimonio o alterar acuerdos posteriores tales como las horas de visita y cuidado de los niños o la manutención de los niños. En otros casos, por ejemplo, una disputa con un vecino o un caso de monto menor, es posible llegar a un acuerdo para resolver la situación sin acudir al tribunal. Generalmente, entre más temprano se utilice el proceso de mediación, mejor la posibilidad de llegar a un acuerdo, suponiendo se tenga toda la información necesaria.

¿COMO SE ELIGE UN MEDIADOR?
El estado de Colorado no certifica, licencia ni regula a los mediadores. Los mediadores pueden ser abogados, trabajadores sociales, u otro tipo de profesiones con distintos tipos de preparación. Es posible acceder a servicios de mediación por conducto del Departamento Judicial, agencias gubernamentales, centros comunitarios y el sector privado. Puesto que el estado no regula a los mediadores, es importante que determine si el mediador que piensa utilizar tiene la capacitación, experiencia y aptitudes que usted requiere. El Colegio de Abogados y el Consejo de Mediadores y Organizaciones de Mediadores de Colorado,adoptaron pautas para la educación y entrenamiento de mediadores en 1992. Puede consultar estas directrices, actualmente en proceso de actualización, acudiendo a http://www.coloradomediation.org/. Las organizaciones y agencias que ofrecen servicios de mediación generalmente sólo aceptan a mediadores con cierto tipo de preparación. Por ejemplo, el departamento de resolución de disputas del estado exige que los mediadores que trabajan para los tribunales cumplan ciertos requisitos. Entre ellos, exige que los mediadores tengan capacitación y experiencia y puedan demostrar sus aptitudes. Los centros comunitarios de mediación exigen que sus voluntarios asistan a cierto entrenamiento. El CCMO mantiene un listado de mediadores calificados que siguen y cumplen con las pautas para la educación y capacitación de mediadores.


¿ EN DONDE TOMA LUGAR LA MEDIACION ?

Generalmente, la mediación se realiza en un juzgado, un centro de mediación, un despacho jurídico, el despacho particular de un mediador, o en un edificio público; por ejemplo, una biblioteca o centro comunitario. A diferencia de los tribunales, la mediación no tiene requisitos jurisdiccionales, y puede realizarse en cualquier lugar que sea aceptable para las partes y el mediador.

¿ QUE PASA SI LLEGO A UN ACUERDO COMO RESULTADO DE LA MEDIACION ?

Si llega a un acuerdo y no ha levantado una demanda en el tribunal, el acuerdo puede ejecutarse de forma automática (es decir, sin necesidad de seguimiento). Por ejemplo, al concluir la mediación una parte le paga a la otra lo acordado y queda resuelta la disputa. Por otra parte, el acuerdo puede ser un contrato con fuerza legal si una de las partes no cumple con lo que se ha pactado y el contrato satisface los requisitos legales para tener vigor. Si ha levantado una demanda ante el tribunal, o si es necesario que el caso sea procesado por un tribunal (por ejemplo, en una disolución de matrimonio), el acuerdo podría convertirse en una estipulación revisada y aprobada por el tribunal, la cual tendrá entonces fuerza ejecutoria para el caso en que una de las partes no cumpliera con lo estipulado en el acuerdo.

¿ QUE SUCEDE SI NO ES POSIBLE LEGAR A UN ACUERDO?

Si no llegara a un acuerdo, retiene todas las opciones que tenía a su disposición antes de iniciar la mediación, entre ellas la posibilidad de presentar una demanda ante el tribunal si tiene fundamento legal para hacerlo.

¿ CUANTO CUESTA EL PROCESO DE MEDIACION ?
El costo de la mediación puede variar. Existen servicios de mediación gratuitos o de muy bajo costo, (generalmente en los centros de mediación comunitarios u otros programas en los que la mayoría de los mediadores son voluntarios) al igual que servicios que cuestan cientos de dólares por hora. La duración del proceso de mediación puede variar según el tipo de caso, su complejidad, y el grado de seriedad con el que las partes estén dispuestas a negociar un acuerdo. Es importante establecer el costo de la mediación antes de comprometerse con un mediador en particular.

ES NECESARIO CONTRATAR UN ABOGADO? ¿ EN CASO DE TENER REPRESENTACION LEGAL, CUAL ES EL PAPEL DEL ABOGADO EN LA MEDIACION?

Generalmente, no es necesario contratar a un abogado para participar en un proceso de mediación, aunque algunos mediadores pueden exigir que tenga representación legal. Dado que los mediadores no son asesores legales y que no pueden dar asesoría legal a ninguna de las partes envueltas en una mediación, es importante que consulte con un abogado sobre todo tema que sea de importancia. No cuente con el mediador como fuente de asesoría sobre ningún tema legal. Si lo representa un abogado, su abogado puede o no asistir a la mediación, según el tipo de caso y lo que usted decida después de haber consultado con su abogado. Si su abogado asistiera a la mediación, su papel podría variar según el método utilizado por el mediador. En ciertos casos, el abogado se limitaría a prestar asesoría legal, mientras que en otros casos podría asumir la presentación de los hechos según su cliente.

¿QUE SUCEDE SI EL PROCESO DE MEDIACION NO ES DE MI AGRADO?

Si no se siente satisfecho con el proceso de mediación, o con el mediador, puede:

1) Explicarle al mediador lo que desea se haga de forma distinta.

2) Cambiar de mediador.

3) Presentar una queja ante la entidad para la cual trabaja el mediador.

4) Impugnar la conducta del mediador ante el CCMO, aunque sólo sus afiliados están obligados a participar en un proceso de esta índole, y no todos los mediadores son miembros del CCMO.

5) Si el mediador tiene una licencia profesional, presente una queja usando el proceso establecido por esa profesión para ese fin.

También es posible presentar una demanda en contra del mediador, pero la ley de Colorado otorga un alto grado de protección legal a los mediadores.
WENDY FORNARI

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